lunes, 6 de diciembre de 2010

"El cronista de Guía dona su archivo- biblioteca al municipio"

El Ayuntamiento de Guía aprobó en sesión plenaria, con la unanimidad de todos los grupos políticos, la firma de un convenio con el Cronista Oficial del municipio, Pedro González Sosa.

Como consecuencia de su labor investigadora durante los últimos 55 años,  Pedro González Sosa posee en la actualidad una nutrida biblioteca, que cuenta con un rico y destacado fondo bibliográfico, relacionado principalmente con la Historia de Canarias y de Guía de Gran Canaria; así mismo posee un archivo privado muy importante para la historia de nuestro municipio, fruto de sus décadas de investigación y que contiene documentos singulares, especialmente relacionados con el insigne imaginero guiense José Luján Pérez, del que es, sin duda, uno de sus más destacados biógrafos.

         La documentación existente en el Archivo de  Pedro González Sosa, sobre la historia de Guía, lo hace ser uno de los archivos privados más importantes, por no decir único, para un mejor conocimiento del devenir histórico de Guía de Gran Canaria.

Este archivo se caracteriza por contar con una variada documentación,  y por tanto, a través de la misma se puede indagar en aspectos de la historia económica, social, política, etc. de nuestro municipio. El fondo documental esta formado, hasta el día de hoy, por 66 carpetas-archivadores que contienen importante documentación original y fotocopiada. Y la biblioteca, por numerosos ejemplares, algunos únicos, referidos casi exclusivamente a la geografía y la historia de Canarias y principalmente de Gran Canaria y Guía, destacando la colección completa del Anuario de Canarias y los boletines de la Real Academia de la Historia.


En el convenio se establece la donación del Archivo y Biblioteca de do Cronista Oficial de Guía, con la condición de que  su legado se conserve de forma unitaria y en una sala con su nombre, después de su fallecimiento.


Pedro González Sosa ha expresado, y así  se recogerá en el  Convenio, que  si una vez en su día y realizada  por sus hijos o familia  la entrega del fondo su voluntad no fuera llevada a cabo en los dos años siguientes a dicha entrega por parte del Ayuntamiento de Guía de Gran Canaria en los términos recogidos en el Convenio, todo el legado deberá revertir íntegramente en sus herederos, de acuerdo con el inventario realizado en el momento de la entrega.

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